2. Objetivos
3. Comité de Honor y Organizador
4. Primera Jornada – Jueves 09 de Noviembre
a. Aula de Flamenco – Jueves 09 de Noviembre
b. Exposición de pintura – Jueves 09 de Noviembre
5. Segunda Jornada – Viernes 10 de Noviembre
a. Conferencia Ilustrada – Viernes 10 de Noviembre
6. Tercera Jornada – Sábado 11 de Noviembre
b. Recital Flamenco – Sábado 11 de Noviembre
La Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece en su artículo 37.1 que los poderes de la Comunidad Autónoma orientarán sus políticas públicas a garantizar y asegurar el ejercicio de los derechos reconocidos y alcanzar objetivos básicos establecidos en el texto estatutario, mediante la aplicación efectiva de una serie de principios rectores. Entre ellos se encuentra la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía, especialmente el Flamenco.
El artículo 68.1 del citado Estatuto de Autonomía para Andalucía reconoce que entre las competencias en materia de cultura y patrimonio que corresponden a la Comunidad Autónoma se encuentra la competencia exclusiva en materia de conocimiento, conservación, investigación, formación, promoción y difusión del Flamenco como elemento singular del patrimonio cultural andaluz.
Por otra parte, los municipios tienen atribuidas competencias propias en materia de promoción de la cultura y equipamientos culturales, a tenor de lo dispuesto en el artículo 25.2.m) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local. De otra parte, el artículo 9.17.b) de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía, atribuye a dichas entidades entre otras competencias la de planificación y gestión de actividades culturales y promoción de la cultura, que incluye la gestión de sus instituciones culturales propias, la construcción y gestión de sus equipamientos culturales y su coordinación con otras del municipio.
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, aprobó el día 14 de septiembre de 2022, el anteproyecto de Ley del Flamenco, que remitió seguidamente al Parlamento de Andalucía para su debate y aprobación.
En el mismo contexto el Boletín Oficial del Estado núm. 9, de 11 de enero de 2023, se publicó el
Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.
Este universo jurídico que afecta al mundo del Flamenco ha sido poco conocido y menos tratado en el ámbito de las Peñas Flamencas; hasta ahora más centradas en la salvaguarda de la pureza, conocimiento y difusión de la tradición flamenca, sus cantes y sus intérpretes.
Nuestra Peña, en el marco de nuestro “Congreso Flamenco Antonio el Chaqueta” ha venido abordando aspectos novedosos que afectan al mundo del Flamenco: desde su relación con las distintas culturas que se han asentado en nuestro solar ibérico hasta los medios de comunicación, pasando por la salud de los distintos artistas.
Siguiendo con este proceder pretendemos en este “V Congreso Flamenco Antonio El Chaqueta” acercarnos, desde una vertiente jurídica, a cuestiones que afectan al Flamenco: la defensa de la obra artística, sistemas de previsión social de los artistas flamencos, la relación de las Peñas Flamencas con las distintas Administraciones, la aplicación de las nuevas normas al quehacer diario de las Peñas, etc.
Para ello contamos con un plantel de profesionales que sin duda darán respuestas a los objetivos planteados.